La Congregación para la Doctrina de la Fe, conducida por el cardenal argentino Víctor Manuel Fernández, junto al papa Francisco, autorizó que personas gays y trans sean padrinos y testigos de bodas y bautismos celebrados en la Iglesia Católica.
En una carta con respuestas canónicas al obispo de San Amaro, Brasil, monseñor José Negri, el organismo doctrinario del Vaticano se posicionó a favor de que personas homosexuales y de identidades de género diversas puedan ser padrinos y testigos de bautismos y matrimonios. Además, permitieron el bautismo de hijos de padres homosexuales o trans, según informó el sitio Religión Digital.
La decisión llega a partir del Sínodo que, durante octubre, reunió a 364 miembros religiosos y laicos para discutir sobre el futuro de la Iglesia. La apertura de la milenaria institución a las personas homosexuales fue uno de los ejes de la discusión, que tendrá su segunda parte en octubre del 2024, en Roma. Aunque la participación de minorías sexuales o de género nunca estuvo expresamente prohibida en este tipo de ceremonias, la carta del Papa termina de despejar cualquier duda o rechazo por parte de los sectores más conservadores del catolicismo.
La carta en cuestión, fechada el 31 de octubre, fue firmada por el papa Francisco y el cardenal Fernández, y argumenta que “un transexual -que también se haya sometido a tratamiento hormonal y cirugía de reasignación de sexo- puede recibir el bautismo, en las mismas condiciones que un hombre“.
Agregaron: “En el caso de niños o adolescentes con problemas de naturaleza transexual, si están bien preparados y dispuestos, pueden recibir el Bautismo“. Sin embargo, expresaron que “la Iglesia debe siempre llamar a vivir plenamente todas las implicaciones del bautismo recibido, que siempre deben ser comprendidas y desplegadas dentro de todo el itinerario de la iniciación cristiana”. La carta firmada por el Papa expresó: “Ni siquiera las puertas de los Sacramentos deben cerrarse por ningún motivo”.
Sobre la posibilidad de que una persona trans sea padrino o madrina de un niño, explicaron: “En determinadas condiciones, puede ser admitido como padrino o madrina un transexual adulto que también se haya sometido a un tratamiento hormonal y a una operación quirúrgica. Sin embargo, dado que esta tarea no constituye un derecho, la prudencia pastoral exige que no se permita si existe peligro de escándalo, de legitimación indebida o desorientación en el ámbito educativo de la comunidad eclesial”.
Finalmente, sobre la cuestión del bautismo de un hijo de padres homosexuales, ya sea adoptado u obtenido a través de una maternidad subrogada, la Doctrina de la Fe respondió: “Para que el niño sea bautizado debe existir una esperanza fundada de que será educado en la religión católica”.
Tomado de Diario con Vos